Por Yessica Juarez
Para Tabasco Hoy Radio
Con 345 votos a favor, 129 en contra y ninguna abstención se aprobó la Ley General de Población que crea la CURP biométrica, esto consta de fotos y huellas digitales, este nuevo documento nacional de identificación estará a cargo de la Secretaría de Gobernación.
La Cámara de Diputados aprobó en lo General y Particular la minuta de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y de la Ley General de Población, esta incorpora la creación de la Plataforma única de Identidad, que podrá validar, gestionar y consultar la Clave única de Registro de Población (CURP), la cual se infiere se utilizará para labores de búsquedas de personas desaparecidas.
Cabe resaltar que esta nueva CURP Biométrica será la identificación oficial obligatoria en México, que no solo incluirá fotografía, sino también huellas dactilares y datos personales.
Además, será la única fuente oficial de identidad para mexicanos y extranjeros con estancia legal, incluirá nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo y nacionalidad, estará disponible en formato físico y digital, su uso será obligatorio para todos los trámites y servicios tanto públicos como privados.
Las entidades públicas y privadas estarán obligadas a solicitarla, se encontrará vinculada al sistema nacional de salud y otros registros oficiales. La versión digital estará gestionada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
Aunque todo suena maravilloso dentro de un mundo mágico en el que los datos personales no pueden ser robados ni utilizados por terceros de mala manera, se corre el riesgo de algún hackeo o uso indebido por parte de algún ente público o privado que pueda accesar sin ningún reparo a los datos registrados con esta CURP Biométrico y afectar a su titular.
Por otra parte, las reformas a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada también fueron avaladas con 438 votos a favor, 3877 en contra y 0 abstenciones.
Como información adicional, de acuerdo con el artículo 2 de la Convención contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), esta se trata del arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado, o de personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.